Ganancias patrimoniales
Fiscalidad internacional
- ¿Tiene España convenio de doble imposición con Reino Unido?Sí. España y Reino Unido tienen un convenio para evitar la doble imposición en materia de impuestos sobre la renta y las ganancias de capital, firmado en Londres el 14 de marzo de 2013. Entró en vigor el 12 de junio de 2014 y se aplica al IRPF desde el 1 de enero de 2015 en España y desde el 6 de abril de 2015 en Reino Unido. Sustituyó al convenio de 1975 y no se vio afectado por el Brexit, porque es un tratado bilateral y no forma parte del Derecho de la UE.
- ¿Existe la doble imposición en España?En España puede haber doble imposición, pero en la mayoría de los casos se evita gracias a los 99 convenios de doble imposición en vigor y a la deducción por doble imposición internacional que prevé la ley española. Si eres residente fiscal en España, tributas por tu renta mundial. España te descuenta el impuesto que ya pagaste en el otro país por esa misma renta, para que no pagues dos veces.
- ¿Qué pasa si no hay convenio de doble imposición?Si no hay convenio de doble imposición entre España y otro país, cada Estado aplica sus propias leyes sin límites. La misma renta puede tributar dos veces, pero la ley española ofrece una protección unilateral: los residentes en España pueden deducir el impuesto pagado en el extranjero mediante la deducción por doble imposición internacional del artículo 80 de la Ley del IRPF.
- ¿Qué es la fiscalidad internacional?La fiscalidad internacional es el conjunto de normas que regulan cómo tributan las personas y empresas cuyas rentas, patrimonio o actividad afectan a más de un país. Combina la legislación de cada Estado, los convenios para evitar la doble imposición, el Derecho de la Unión Europea y los acuerdos de cooperación de la OCDE.
Modelo 720
- ¿Hay que presentar el modelo 720 todos los años?No, no hace falta presentar el modelo 720 todos los años. Una vez presentado por primera vez, solo hay que volver a hacerlo si el valor de alguno de los bloques ya declarados sube más de 20.000 euros respecto a la última declaración, si se cancela, vende o deja de tener un bien que ya se declaró, o si aparece un bloque nuevo que supera los 50.000 euros.
- ¿Cómo rellenar y presentar el modelo 720 paso a paso?El modelo 720 se rellena y se presenta por internet en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve. Hay que crear un registro por cada bien en el extranjero, con su clave de tipo de bien, el país, la entidad, la fecha de alta y su valoración a 31 de diciembre.
- ¿Qué pasa si presento el modelo 720 fuera de plazo?Sí, el modelo 720 se puede presentar fuera de plazo, y conviene hacerlo cuanto antes. Si se presenta antes de recibir un requerimiento de Hacienda, la sanción es de 10 euros por cada dato o conjunto de datos, con un mínimo de 150 y un máximo de 10.000 euros. Si se presenta después de un requerimiento, sube a 20 euros por dato, con un mínimo de 300 y un máximo de 20.000.
- ¿Qué se declara en el modelo 720?En el modelo 720 se declaran tres bloques de bienes situados en el extranjero, siempre que alguno supere los 50.000 euros: las cuentas en entidades financieras, los valores y seguros, y los inmuebles. Las criptomonedas custodiadas fuera de España no van aquí, sino en el modelo 721. Cuando un bloque supera el umbral, se declaran todos sus elementos, no solo el exceso.
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